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  - ET2 Centro De Estudiantes
  Estatuto 2009
 


Estatuto del centro de estudiantes

 

 

 

Preámbulo:

                  El centro de estudiantes del establecimiento, tendrá como objeto mejorar las condiciones de los alumnos ya sea solidaria, cultural, social e intelectualmente así como también las condiciones de la comunidad toda, al establecimiento al cual pertenece y ayudar en todo lo que se pueda a su cooperadora.

 

Titulo 1

 

Objetivos generales:

 

Artículo 1º:

a)     Luchar por la formación plena del estudiante a través de una inteligencia creadora a partir de los valores culturales de nuestra tierra.

b)     Tender permanentemente a la formación, difusión y transmisión de la cultura nacional.

c)      Cumplir con las funciones solidarias, con el establecimiento, con el estudiante y con la comunidad en general.

d)     Contribuir a la integración de los componentes de la unidad educacional.

e)     Fomentar el ejercicio de los principios democráticos y las virtudes republicanas.

f)       Posibilitar modos de participación que permitan el aporte de las expresiones individuales.

 

Domicilio:

 

Artículo 2º:

                 El centro de estudiantes funcionara dentro del establecimiento al cual pertenece ubicado en Bradley 7350 Escuela de Educaion Tecnica Nº 2.

 

Artículo 3º:

                  El centro de estudiantes se basa en los principios de igualdad, por lo tanto toda discriminación racial, social, ideológica, religiosa o de cualquier otra índole no tendrá cabida en esta agrupación. Las actividades políticas, partidarias o sindicales quedan excluidas del centro.

 

 

 

 

 

 

Titulo 2

 

De los miembros:

 

Artículo 4º:

                  Son miembros del centro de estudiantes del colegio, todos los alumnos que concurran al mismo incluido los 8º y 9º.

 

Derechos:

 

Artículo 5º:

                  Los estudiantes tienen por derecho:

a)     Presentar toda propuesta o proyecto que considere necesario.

b)     Formar parte de las comisiones de trabajo como colaboradores.

c)      Ocupar cargos en la mesa directiva, la junta electoral, así come ser candidato al centro por alguna lista.

 

Deberes:

 

Artículo 6º:

                  Todo miembro tiene por deber conocer, acatar y respetar este estatuto y también toda resolución de la mesa directiva y cualquier resolución de las asambleas.

 

Artículo 7º:

                  Cese de la calidad de miembro del centro de estudiantes:

a)     Al aprobar 5º año.

b)     Al abandonar el colegio por cualquier motivo.

 

Artículo 8º:

                  Suspensión de la calidad de miembro del centro de estudiantes:

Solo se procederá a la suspensión  mediante la violación al Artículo 3º, conducta manifiesta u otro tipo de transgresiones a sabiendas del estatuto, así como las resoluciones de la  mesa directiva o de la asamblea. La suspensión sólo podrá ser dispuesta por la Asamblea General Extraordinaria en cuyo orden del día deberá figurar su convocatoria y consiste en la suspensión de todos los derechos que hagan a la condición de miembro del centro de estudiante.

 

Titulo 3

 

Del gobierno del centro de estudiante

 

Capítulo 1º:

 

De las asambleas de estudiantes:

 

Artículo 9º:         

                  Existirán dos tipos de asamblea que serán Extraordinarias y Generales.  Es el órgano supremo, soberano de la institución y ejerce la supremacía.

 

Artículo 10º:

                    Se realizaran cuando así lo requieran:

a)     La mesa directiva con el voto de la mitad de sus integrantes.

b)     El cuerpo de delegados con el voto favorable de la mitad de sus integrantes.

c)      Por el pedido escrito y avalado del 10% del alumnado.

 

Atribuciones de la asamblea general extraordinaria:

 

Artículo 11º:

a)     La remoción de algún integrante de la mesa directiva.

b)     La revocatoria de las decisiones de las anteriores asambleas, las de la Mesa directiva.

c)      La reforma del estatuto.

 

Presidencia de la asamblea:

 

Artículo 12º: 

                    Estarán presididas por el Presidente del Centro de Estudiantes. Todos los temas a tratar deberán constar en el orden del día que deberá ser publicado en la cartelera con siete (7) días de anticipación.

Quórum:

 

Artículo 13º:

                    Para la primera convocatoria se requerirá la presencia del 20% como mínimo de miembros del Centro de Estudiantes y si no hubiera el quórum necesario para la primera convocatoria se realizara en segunda una hora después con los miembros presentes.

 

Artículo 14º:

                    A los efectos de alguna modificación de algún miembro de la mesa directiva y/o modificación de este estatuto, el quórum necesario será siempre la mitad mas uno de los miembros presentes.

 

Artículo 15º:

Las decisiones de las asambleas serán siempre tomadas por simple mayoría, con excepción  de los puntos (a) (b) del articulo 11º lo que requeriría el voto favorable de dos tercios de los votantes.

 

Capítulo 2:

 

Del cuerpo ejecutivo del centro de estudiantes:

Estará a cargo de la mesa directiva.

 

Atribuciones

 

Artículo 16º:

a)     Tratar de resolver, hacer cumplir y dar a conocer las propuestas e ideas de la mesa directiva.

b)     Convocará a asamblea general extraordinaria con el voto favorable de la mitad mas uno de sus  miembros.

c)      Coordina las iniciativas y resoluciones que tome.

 

Reuniones:

 

Artículo 17:

                   Deberá reunirse por lo menos 2 veces al mes (ordinariamente) y a solicitud de cuatro de sus miembros o por pedido del presidente (extraordinariamente)

 

Integrantes:

 

Artículo 18:

                   Estará integrada por un presidente, un secretario general, secretarios de: finanzas, deportes, prensa y propaganda, salud, de cultura,     cinco vocales y un representante del cuerpo de delegados por cada turno.

 

Funciones:


Artículo 19:

a)     Del presidente: firma actas y autoriza pagos, preside las reuniones de la mesa directiva, tiene voto doble en caso de empate, representa a la agrupación en todos sus actos y sus reuniones con la comunidad, preside asambleas, convoca a reunión de mesa directiva.

b)     Del secretario general: firma actas y correspondencia, junto al presidente, coordina la tarea de las secretarias.

c)      Del secretario de finanzas: recauda sumas de dinero que por distintos conceptos correspondan al centro de estudiante, estará facultado para realizar pagos sin previo aviso, siempre y cuando no supere una cifra estipulada por la mesa directiva. Deberá rendir cuentas a la mesa directiva una vez por mes.

d)     Del secretario de prensa y propaganda: redacta actas, correspondencia, documentos de la mesa directiva. Lleva un registro de las publicaciones inherentes a ella. Enlaza el centro con los medios de comunicación.

e)     Del secretario de salud: vigila y asegura la buena asistencia de los alumnos del establecimiento. Organiza visitas medicas.

f)       Del secretario de cultura: fomentar la realización de charlas, mesas redondas, simposios, cursos de perfeccionamiento y demás actividades que co-ayuden a la formación integral de los alumnos.

g)     Del secretario de deportes: organiza torneos en todos los niveles, deberá fomentar la practica de deportes entre todos los estudiantes, para lograr a través de ella un sano, formativa e integral esparcimiento que permita la unión del conocimiento mutuo de los estudiantes en un marco de camaderia y solidaridad como complemento del estudio o del trabajo.

h)     De los vocales: tiene como función primordial colaborar con los secretarios, colaboradores de las secretarias. En caso de separación, renuncia o suspensión de un secretario, lo reemplazara el vocal hasta que la lista a la que pertenece elija al reemplazante.

i)        Delegado general de cada turno: será elegido por los delegados del mismo antes de las elecciones del centro de estudiantes y luego de la elección del delegado por curso. Estos forman parte de la mesa directiva y poseen voz y voto (1 por turno).

 

Artículo 20:

                   Cualquier miembro de la mesa directiva, que haya transgredido de alguna forma este estatuto podrá ser removido con el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros, contando con la aprobación del cuerpo de delegados, mediante el voto favorable de sus dos terceras partes.

Quórum de la mesa directiva:

 

Artículo 21:

                 Para los dos tipos de reunión, se requerirá la presencia de la mitad mas uno de sus integrantes. Las decisiones se tomaran por simple mayoría.

 

Artículo 22: 

                   Los mandatos serán anuales comenzando cinco días después de las elecciones y finalizando cinco días después de las siguientes. Pueden ser reelegidos todos aquellos miembros que continúen perteneciendo al centro de estudiantes.

 

Capítulo 3

 

Del cuerpo de delegados:

 

Artículo 23:

                   Estará integrado por un titular y dos suplentes por cada año.

 

Artículo 24:

                   Este cuerpo dictara para su funcionamiento, un reglamento interno, conteniendo los principios de este estatuto.

a)     Voto secreto de los delegados.

b)     Asignación por pluralidad de sufragio.

c)      Los delegados duraran en sus cargos un año, debiendo efectuar las elecciones junto a la mesa directiva.

d)     Podrán ser removidos con la afirmativa de las dos terceras partes  de sus cursos, aunque para convocar a elecciones para decidir su remoción o no deberá ser preciso tener el pedido por escrito de la mitad mas uno de su curso.

e)     Ningún miembro del cuerpo de delegado, podrá tener un cargo en la mesa directiva, con la salvedad del representante de los cuerpos de delegados ante la mesa directiva. Tampoco podrá tener un cargo en la junta electoral. Los delegados que quisiesen participar de un cargo en la mesa directiva podrán hacer uso de su derecho de renunciar al cargo de delegado.

 

 

Atribuciones del cuerpo de delegados

 

Artículo 25:

a)     Tendrá un delegado por turno en la mesa directiva con voz y voto.

b)     Considera memoria y balance.

c)      Convocar a elecciones.

 

 

Capítulo 4

 

De la elección

 

Artículo 26:

                   Para las elecciones se utilizara el sistema directo, secreto y universal.

 

Artículo 27:

                   La votación se realizara votando los alumnos en sus respectivas aulas, por las distintas listas oficializadas por la junta electoral. Las listas deberán estar integradas por alumnos de diferentes turnos. Los cargos del presidente y secretario general quedarán para la lista ganadora, mientras que los de mas cargos que restan se repartirán utilizando el sistema Dònt, con un piso mínimo del 10%. Esta elección se realizara dentro de los 45 y 60 días de comenzado el año lectivo.

 

Artículo 28:

                   Cualquier miembro de la mesa directiva que por renuncia, separación o suspensión tenga que dejar su cargo interina o definitivamente su cargo, será reemplazado provisoriamente por la persona que corresponda de la mesa directiva, hasta que la lista a la que pertenece el dimitente, designe el reemplazo.

 

De la junta electoral:

 

Artículo 29:

                   En la 2da semana de abril  el cuerpo de delegados deberá designar a la junta electoral compuesta por 3 miembros quienes formaran dentro de los 10 días posteriores a su elección, el cronograma electoral, en consonancia con el capítulo 4.

 

Régimen electoral

 

Artículo 30:

·         Fecha de oficialización de lista.

·         Campaña electoral.

·         Plazo para las impugnaciones.

·         Elecciones.

·         Escrutinio.

                    

De los fondos

 

Artículo 31:

                   En caso de que esta agrupación por cualquier motivo deje de funcionar, los fondos existentes, deberán pasar a mono de la cooperadora.





Proyecto Modificación de Estatutos de Centro de Estudiantes

Comité Organización Interna

 

Objetivo Principal

 

El principal objetivo es la re estructuración de los estatutos vigentes del año 1985, a partir del análisis dentro de la comisión, ya que estos no son contingentes. A partir de esto, el proyecto que se presenta tiende a la participación, democratización y organización, de forma autónoma. Con esto se presenta la propuesta de la generación de una comisión que analice profundamente esta propuesta, a partir del primer semestre del año 2008, hasta el final de este, con una ratificación de las posturas discutidas hacia el primer semestre del año 2009, mediante asamblea resolutiva.

 

 

Objetivos Secundarios

 

Esta comisión trabajará mancomunadamente con el próximo centro de estudiantes, en la implementación de nuevos estatutos y la orgánica para el año 2009.

 

 

Propuesta del Comité Organización Interna

 

Comisión Constituyente        : Surge de este Congreso de Carrera y se complementará con las personas que deseen integrarlo.

Como comisión de organización interna proponemos a la Comisión Constituyente las siguientes modificaciones a los estatutos:

 

a)      Orgánica: La base de la nueva re estructuración es la Asamblea, entendida como el conjunto de los estudiantes de la carrera, y que en sus reuniones periódicas tomará las decisiones respectivas. El comité administrativo deberá acatar los lineamientos emanados de la Asamblea.

Los estudiantes de la carrera se dividen en cinco generaciones. Cada cual tendrá un delegado, lo que no restringe que asuman otros delegados específicos, llámese académicos, entre otros. Estos deben presentar las problemáticas de cada curso ante la asamblea y deben reunirse periódicamente, eligiendo un representante el cual será parte del comité administrativo, con voz y voto. Esto no restringe la participación de los delegados dentro de los comités que estimen.

 

El Comité Administrativo es un órgano que se rige por las decisiones por la Asamblea; tiene la labor de llevar a cabo las posturas emanadas de ella y representa a todos los estudiantes de la carrera. Este organismo se compone por los secretarios de los distintos comités: Finanzas, Académico, Gestión, Relaciones Externas y Difusión, más el Secretario General y el representante de los Delegados, cada uno con voz y voto. El comité administrativo es elegido a modo de lista, por votación directa, posterior a un proceso eleccionario, resguardado por el Tricel (menos el representante de los delegados, que emana de ellos)

 

Se proponen tres órganos que son extraordinarios, que funcionan en periodo restringido de tiempo:

a) El Tricel es un órgano que surge durante el proceso eleccionario, el cual está compuesto por dos delegados y un miembro del Comité Administrativo saliente.

 

b)     El Tribunal de Honor está integrado por miembros de la Asamblea y un delegado de curso. Tiene como misión la investigación cuando se pida remoción de cargos. Tras la presentación de un informe fruto de previa investigación, la Asamblea decidirá si debe ser removido de sus funciones la persona cuestionada.

c)      El Congreso de Carrera se efectuará una vez al año. En el se discutirán los principales lineamientos de la carrera y se realizarán las modificaciones a los estatutos que sean pertinentes.

 

Funciones de los Comités:

 

C. Finanzas: Se encarga de administrar y ejecutar los diferentes gastos que sean necesarios para la organización estudiantil. En conjunto con el comité de gestión, se encargará de la generación de fondos propios.

 

C. Gestión: Es el encargado de la planificación y ejecución de proyectos, tantos financieros, como cualquiera que sea emanado del estudiantado (a nivel general)

 

C.                Difusión: Se encarga de promover la información, tanto de la carrera como externa, a través de diversos medios.

 

C. Relaciones Externas: Se encarga de contactar otras carreras, tanto al interior de la universidad como fuera de ella.

 

C. Académico : Se relaciona con las Jornadas de Historia, con los problemas al interior de las asignaturas, así como también con los ayudantes. Debe estar presente en la discusión en torno a las  modificaciones a la Malla.

                 

La rendición de cuentas del Comité Administrativo debe realizarse dos veces al semestre, a la Asamblea General, teniendo ésta la facultad de llamar a formación del Tribunal de Honor si es que considera que se ha faltado a responsabilidades.

 
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